Dpto. Religión

4º ESO

Curso 2006/07

AÑO 313    /   EDICTO DE MILÁN

David Cornejo

Guillermo Celaya

                                                                                                                

Dividimos el trabajo en tres apartados: Antecedentes; Edicto de Milán y Bibliografía

 

Antecedentes

El emperador Diocleciano, junto con Galerio, desató en el año 303 lo que se conoce como la "gran persecución", en un intento de restaurar la unidad Estatal, amenazada a su entender por el incesante crecimiento del cristianismo. Entre otras cosas ordenó demoler las iglesias de los cristianos, quemar las copias de la Biblia, entregar a muerte a las autoridades eclesiásticas, privar a todos los cristianos de cargos públicos y derechos civiles, hacer sacrificios a los dioses bajo pena de muerte, etc.

Ante la ineficacia que tuvieron estas medidas para acabar con el cristianismo, Galerio, por motivos de clemencia y de oportunidad política, promulgó el 30 de abril del 311 el decreto de indulgencia, por el que cesaban las persecuciones cristianas. Se reconoce a los cristianos existencia legal, y libertad para celebrar reuniones y construirse templos.

Constantino, emperador

"Habiendo recibido esta indulgencia, ellos habrán de orar a su Dios por nuestra seguridad, por la de la República, y por la propia, que la república continúe intacta, y para que ellos puedan vivir tranquilamente en sus hogares." —Emperador Galerio

 

Edicto de Milán

 Mientras tanto, Constantino había sido elegido emperador en occidente. Después de que derrotara a Majencio en el 312, en el mes de febrero del año siguiente se reunió en Milán con el emperador de oriente, Licinio. Entre otras cosas trataron de los cristianos y acordaron publicar nuevas disposiciones en su favor. El resultado de este encuentro es lo que se conoce como “Edicto de Milán”, aunque probablemente no existió un edicto promulgado en Milán por los dos emperadores. Lo acordado allí lo conocemos por el edicto publicado por Licinio para la parte oriental del Imperio.

El texto nos ha llegado por una carta escrita en el 313 a los gobernadores provinciales, que recogen Eusebio de Cesarea (Historia eclesiástica 10,5) y Lactancio (De mortibus persecutorum 48). En la primera parte se establece el principio de libertad de religión para todos los ciudadanos y, como consecuencia, se reconoce explícitamente a los cristianos el derecho a gozar de esa libertad. El edicto permitía practicar la propia religión no sólo a los cristianos, sino a todos, cualquiera que fuera su culto. En la segunda se de reunión y culto, así como otras propiedades, que habían sido confiscados por las autoridades romanas y vendidas a particulares en la pasada persecución.

Derrota de Majencio en la batalla del Puente Milvio

Lejos de atribuir al cristianismo un lugar prominente, el edicto parece más bien querer conseguir la benevolencia de la divinidad en todas las formas que se presentara, en consonancia con el sincretismo que entonces practicaba Constantino, quien, a pesar de favorecer a la Iglesia, continuó por un tiempo dando culto al Sol Invicto. En cualquier caso, el paganismo dejó de ser la religión oficial del Imperio y el edicto permitió que los cristianos gozaran de los mismos derechos que los otros ciudadanos. Desde ese momento, la Iglesia pasó a ser una religión lícita y a recibir reconocimiento jurídico por parte del Imperio, lo que permitió un rápido florecimiento.

 

Estando yo, Constantino Augusto, y yo, Licinio Augusto, felizmente reunidos en Milán para tratar de los asuntos concernientes al interés común ya la seguridad del Imperio, hemos pensado que entre los asuntos que debíamos ocuparnos, nada más útil a nuestros pueblos que el de regular primeramente la forma de honrar a la divinidad. Hemos resuelto conceder a los cristianos y a todos los demás la libertad de practicar la religión que prefieran, a fin de que la divinidad que preside en los cielos sea propicia y favorable tanto a nosotros como a los que viven bajo nuestra autoridad.

Conviene, pues, que Vuestra Excelencia sepa que derogamos las restricciones contenidas en el edicto precedente que os habíamos enviado con relación a los cristianos [Edicto del 312] y que a partir de este momento nosotros les permitimos observar su religión, sin que se les pueda inquietar ni molestar de ninguna manera

 

Bibliografía

- Las persecuciones cristianas en primeroscristianos.com

- Orlandis, José; Historia de la Iglesia. La Iglesia Antigua y Medieval.

- Chapa, Juan; 50 preguntas sobre Jesús.